La Justicia le dio luz verde a la construcción de una de las cuestionadas termoeléctricas de Pilar, labores que habían quedado suspendidas.
Es que la Sala II de la Cámara Federal de San Martín resolvió "desestimar la acción preventiva de daño promovida, por inexistencia de 'caso' o 'causa'", con la que el Juez de Zárate - Campana Adrián González Charvay había frenado las labores en APR Energy, que se erige en Villa Rosa, en el límite con Escobar.
Tras una presentación de un grupo de vecinos de ambas comunas, bajo la Asociación Civil Juvevir y Organización de Ambientalistas Autoconvocados, Charvay había resuelto suspender la construcción de APR y de otra termoeléctrica, Araucaria, hasta tanto se resuelva la cuestión de fondo: es decir si las plantas son contaminantes, como entienden los vecinos, o no, como aseguran desde las empresas.
Los habitantes de la zona habían hecho referencia al cambio de zonificación que llevó a cabo el Concejo Deliberante, que permitió que en un área residencial se instalen plantas de categoría 3, las potencialmente más contaminantes.
Además, expusieron el temor por las emanaciones del gasoil que quemarán las usinas, el uso intensivo del agua de pozo, y los ruidos molestos.
Desde las empresas, en tanto, siempre expusieron que se trata de plantas que solo estarán en funcionamiento en momentos de alta demanda para abastecer a gran parte del conurbano, que funcionarán a gas natural, y que el gasoil, que además es bajo en azufre, solo se usaría como respaldo en caso de que caiga la presión de gas.
También expusieron que se colocarán paneles insonorizantes, y que el uso del agua no es de la magnitud que señalan los vecinos, más de 5 millones de litros al día, ya que se trata de circuitos cerrados.
Sin embargo, ante el presunto riesgo, Charvay había decidido a fines del año pasado frenar las obras, pero ambas compañías apelaron esa medida ante la Cámara de San Martín.
"(...) Tal como ha sido expuesto precedentemente, previo a la habilitación de la Central Matheu II resta llevar adelante diversos requerimientos y medidas, lo que fue señalado por los distintos organismos que necesariamente deben intervenir en dicho proceso – O.P.D.S., Concejo Deliberante de Pilar, Autoridad del Agua, etc.-, lo que claramente llevará a despejar la incertidumbre en torno a la cuestión ambiental denunciada", expusieron los miembros de la Sala II.
Para la Cámara, en ese sentido, si bien APR aún no tiene habilitación Municipal para funcionar, sí la deberá tener al momento de ponerse en marcha, además de cumplimentar con otros requisitos ambientales que fueron solicitados tanto por el Ejecutivo local, como el Concejo Deliberante, la Autoridad del Agua y el OPDS.
Pero los Jueces, además, señalaron que no hay prueba concreta del presunto daño que causaría APR, al menos hasta el momento (manifestaron que el principio precautorio debe aplicarse con "razonabilidad"), y mencionaron que son varios los organismos que aseguraron que se permitirá que la planta trabaje solo si se ajusta a la legislación vigente.
"No puede soslayarse, que en el caso, los accionantes se limitaron a invocar un perjuicio que aparece como remoto o conjetural, al fundarse en los eventuales daños que podría ocasionar el funcionamiento de la termoeléctrica Central Matheu II. (...) No puede perderse de vista que el O.P.D.S. dejó establecido que la obra quedaba condicionada al estricto cumplimiento de los requisitos (...), la Autoridad del Agua indicó qué cuestiones debían cumplirse (...), y el Concejo Deliberante de Pilar, a través de la resolución 865, requirió también el cumplimiento de diversas cuestiones, lo que da clara muestra que a la fecha la Central Termoeléctrica todavía no se encuentra habilitada para funcionar", expusieron en los considerandos los integrantes de la Cámara, Alberto Lugones y Juan Pablo Salas en el escrito firmado ayer, 16 de mayo.
"Es decir, recién una vez que se verifique el cumplimiento de los distintos requisitos a los que se hizo referencia a lo largo de la presente y cada una de las autoridades de aplicación intervinientes –dentro del marco de sus respectivas competencias- se expidan de modo acabado y definitivo en las materias que les incumben y el municipio también lo haga del mismo modo sobre la habilitación que autorice el inicio de la actividad de la Central, existiría – eventualmente y según el sentido de cada una de esas decisiones- la posibilidad de que surja una cuestión susceptible de ser traída a conocimiento de la justicia", añadieron los Jueces.
Apelación
No bien enterados de la medida, los vecinos que impusieron la demanda anunciaron que apelarán la resolusión de la Cámara, al tiempo que consideraron el rechazo como arbitrario.
"Consideramos que la sentencia es poco clara, insuficiente, notoriamente arbitraria y contraria a los principios de derecho ambiental, que son de aplicación obligatoria. Por tal motivo recurriremos de forma extraordinaria a la Corte Suprema de Justicia de la Nación", señalaron desde la Asociación Civil Juvevir y Organización de Ambientalistas Autoconvocados.