Los monotributistas que durante 2021 hayan abonado en tiempo y forma 9 meses las obligaciones mensuales accederán al reintegro de un mes del componente impositivo pagado a lo largo de este año.
Así lo definió la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) a través de la Resolución General 5100/2021 publicada hoy en el Boletín Oficial.
La norma facilita las condiciones para acceder al beneficio previsto para las y los pequeños contribuyentes que cancelan el monotributo a través de débito directo de cuenta bancaria o tarjeta de crédito.
La medida reduce, de manera excepcional, de 12 a 9 meses del año la condición para percibir el reintegro.
La Resolución especifica que los monotributistas gozarán del beneficio del reintegro que se efectivizará el próximo año el cual será acreditado automáticamente en las cuentas bancarias o tarjetas de crédito adheridas como medio de pago por cada uno de las y los contribuyentes cumplidores.
Según consignaron desde AFIP, el organismo reintegró este año más de $973 millones a más de 484 mil pequeños contribuyentes que abonaron durante 2020 sus obligaciones por débito automático o tarjeta de crédito.