El Gobierno nacional publicó en el Boletín Oficial la Ley 27.743 conocida como “Medidas Fiscales Paliativas y Relevantes”, que establece la desgravación de retenciones impositivas a los cobros electrónicos para pequeños contribuyentes.
La medida busca reducir el impacto tributario sobre las Pymes que acepten medios de pagos digitales y abre una nueva oportunidad de expansión a las billeteras digitales.
En concreto, la disposición facilita la formalización económica al suprimir las retenciones fiscales aplicadas a comerciantes y profesionales monotributistas que reciben pagos mediante tarjetas de débito, crédito y otros métodos digitales, para transacciones que no excedan los $10.527.000 al mes (10.000 UVAs).
La medida fue bien recibida por el sector privado, dado que la normativa de por sí implica un alivio fiscal importante al momento del cobro, pero hay algunas dudas respecto a cómo será la implementación. “Permitirá reducir la carga tributaria que desalienta a muchos comercios a aceptar pagos electrónicos”, indicó la Cámara Argentina Fintech al expresar su total respaldo.
La ley reconoce que uno de los principales impedimentos para la adopción de medios digitales (tarjetas, billeteras, etcétera) era la elevada carga tributaria que recaía sobre los pequeños y medianos negocios.
Por un lado, habrá una zona libre de retenciones (hasta $10,5 millones al mes) pero sólo de impuestos nacionales. En concreto, se trata de Ganancias (se liquida una vez al año) e IVA (se liquida al mes siguiente).
Eso quiere decir que cualquier comerciante que realice operaciones por hasta $10,5 millones de pesos mensuales quedará automáticamente incluido en la nueva legislación. Dicho de otra forma, no tendrán que hacer nada para dejar de sufrir retenciones impositivas sobre los pagos electrónicos.
Por otro lado, la Cámara indicó que la medida genera un mayor incentivo para que segmentos pequeños y medianos puedan participar del sistema de pagos digitales, sin enfrentar retenciones que terminan siendo negativas para ellos ya que, o bien superan la magnitud de lo que debían pagar, o bien implican un perjuicio financiero, sobre todo para los comercios más chicos. (DIB)