El Ministerio de Cultura de la Nación acordó con las cámaras empresariales, sindicatos y diversos sectores un protocolo para la reapertura de las salas de cine.
Se trata de una serie de pautas que los complejos deberán cumplir para poder reanudar la actividad, cuando la misma sea autorizada, con los cuidados pertinentes para evitar contagios de COVID-19.
En ese contexto, el documento aclara que cada jurisdicción deberá presentar sus pedidos a Jefatura de Gabinete de la Nación, que evaluará de acuerdo al nivel de contagios en ese distrito, si la actividad puede volver a funcionar.
Entre los puntos más salientes, el texto menciona que la capacidad de las salas no deberá superar en ningún caso el 50 por ciento.
Se aceptará la presencia de grupos de hasta seis personas, en lo que denominaron "burbuja de recreación", las cuales deberán mantener una distancia de entre 1,5 y dos metros con el resto de los espectadores.
«Esto puede realizarse con un esquema de ocupación donde por cada butaca ocupada o butacas ocupadas por la burbuja social deberán dejarse 2 butacas fijas libres a los lados de cada burbuja. También deberán estar libres las butacas que se encuentren inmediatamente adelante e inmediatamente detrás de cada butaca ocupada», dice el texto.
Además el público deberá permanecer con tapabocas puesto y solo podrá quitárselo momentáneamente para ingerir algún alimento o bebida.
Mientras que también se acordó que cada sala deberá contar con un adecuado sistema de ventilación.
Esos espacios, deberán ser sanitizada antes y después de cada función, y contar con zonas debidamente demarcadas para mantener la distancia social, mientras que se deberán abrir las puertas diez minutos antes de que termine la exhibición.
Desde el Ministerio de Cultura de la Nación señalaron que con el protocolo acordado, «se alcanza un consenso general para determinar acciones de prevención y mitigación de riesgos que permitan a los trabajadores desarrollar sus actividades de manera segura, conforme a las previsiones de las autoridades nacionales y locales competentes».
Las reglas y/o recomendaciones, además podrán ser ampliadas o modificadas según los cambios que surjan respecto a la situación epidemiológica y a cualquier otra sugerencia que emane de las autoridades jurisdiccionales.